Fiscalidad de los paneles solares 2026: tributación, declaración y exenciones
¿Quién declara qué? Art. 35 ter CGI, micro-BIC al 71 %, franquicia del IVA e impuesto sobre bienes inmuebles: la guía completa para pagar solo lo que realmente debe.
- →Si su instalación es de ≤ 3 kWp (vivienda habitual u otro edificio, potencia total acumulada ≤ 3 kWp), los ingresos por la venta del excedente están totalmente exentos del impuesto sobre la renta (art. 35 ter CGI).
- →Para una instalación de 3 a 9 kWp se aplica automáticamente el régimen micro-BIC con una reducción del 71 %: el impuesto real suele ser inferior a 15 €/año.
- →El autoconsumo puro (sin vertido a la red) no genera ningún ingreso que declarar: cero impuestos, sea cual sea la potencia instalada.
- →Los ingresos solares nunca superan el umbral de la franquicia del IVA (36.800 €/año): usted no tiene que cobrar ningún IVA por el excedente vendido a EDF OA.
- →La declaración se hace en una sola línea, casilla 5KO del formulario 2042-C-PRO, indicando el importe bruto recibido: la reducción del 71 % se aplica automáticamente.
¿Tributan los ingresos solares?
La respuesta depende de dos parámetros: la potencia de su instalación y el modo de autoconsumo elegido. El código general de impuestos francés distingue tres situaciones radicalmente distintas, que resume la tabla comparativa siguiente.
El umbral clave: 3 kWp para la vivienda habitual
El artículo 35 ter del CGI, introducido por la ley de presupuestos de 2021, prevé una exención total del impuesto sobre la renta para los particulares cuya instalación fotovoltaica sea inferior o igual a 3 kWp y esté instalada en su vivienda habitual. Esta exención es incondicional: se aplica sean cuales sean sus demás ingresos o su tramo impositivo.
Por encima de 3 kWp: el régimen micro-BIC
En cuanto la potencia supera los 3 kWp, o cuando la exención del artículo 35 ter no se aplica, los ingresos por la venta del excedente se califican como beneficios industriales y comerciales (BIC). Para los hogares, el régimen micro-BIC se aplica automáticamente mientras los ingresos anuales se mantengan por debajo de 77.700 €, lo que siempre ocurre en la fotovoltaica residencial.
El régimen real BIC (declaración de los gastos reales, amortización) solo afecta en la práctica a las instalaciones profesionales o de gran potencia. Para un particular con 3 a 9 kWp, nunca tendrá que recurrir a él.
Micro-BIC: la reducción a tanto alzado del 71 %
El régimen micro-BIC es, con diferencia, el más ventajoso para los productores fotovoltaicos residenciales. Permite deducir a tanto alzado el 71 % de los ingresos brutos sin tener que justificar ningún gasto. Solo el 29 % restante se integra en su renta imponible.
Cálculo concreto para una instalación de 6 kWp
Tomemos el ejemplo de un hogar con una instalación de 6 kWp en autoconsumo con venta del excedente. De media, una instalación así produce unos 6600 kWh/año, de los cuales alrededor del 30 % (1980 kWh) se vierte a la red y es comprado por EDF OA a la tarifa de 0,011 €/kWh (tarifa de compra del excedente fijada por la CRE, el regulador francés de la energía, T1 2026).
Para un hogar en el tramo marginal del 11 %, los paneles solares generan un impuesto adicional de aproximadamente 1 € al año, un importe muy inferior al del ahorro obtenido en la factura de electricidad (generalmente de 700 a 1200 €/año para una instalación de este tamaño).
¿Cómo se rellena la declaración de ingresos?
Los ingresos micro-BIC se declaran en el formulario 2042-C-PRO, en la sección «BIC no profesionales: régimen micro». Se indica el importe bruto en la casilla 5KO, es decir, el total de las cantidades recibidas de EDF OA durante el ejercicio fiscal, antes de cualquier reducción.
El extracto anual de producción de EDF OA suele enviarse por correo postal o electrónico en enero o febrero. Resume el importe total abonado por la venta de excedentes del año anterior. Consérvelo junto con sus justificantes fiscales durante 3 años (plazo de prescripción).
IVA y franquicia en base
Contrariamente a una idea extendida, la venta de excedentes fotovoltaicos no conlleva ninguna obligación de cobrar ni de ingresar IVA para los particulares. Este régimen favorable se denomina franchise en base de TVA (franquicia en base del IVA).
¿Cómo se sitúa un particular respecto al umbral?
Para una instalación de 9 kWp, una de las más potentes en el ámbito residencial, los ingresos por la venta de excedentes representan como máximo unos 44 €/año (tasa de vertido del 40 % y tarifa de compra del excedente de 0,011 €/kWh). Es decir, alrededor del 0,1 % del umbral de franquicia de 36.800 €. Incluso acumulando varias instalaciones, un particular nunca alcanza este umbral.
Qué significa esto en concreto
- No tiene que darse de alta en el IVA ni obtener un número de IVA intracomunitario.
- No cobra IVA sobre las cantidades abonadas por EDF OA.
- No presenta ninguna declaración de IVA (CA3 mensual o CA12 anual).
- A cambio, no recupera el IVA pagado en la instalación de sus paneles (20 % o 5,5 %). Esta recuperación solo es posible optando por el régimen real del IVA, lo que carece de sentido económico para un particular.
Autoconsumo puro: cero impuestos
El autoconsumo puro consiste en consumir íntegramente la electricidad producida por sus paneles, sin verter nada a la red pública. En ese caso, no se percibe ningún ingreso, por lo que no hay nada que declarar ni ningún impuesto que pagar.
Diferencia con el autoconsumo con venta de excedentes
La mayoría de las instalaciones residenciales funcionan en autoconsumo con venta de excedentes: usted consume en primer lugar la electricidad producida y el exceso se vierte a la red y lo compra EDF OA. Es este excedente vendido el que genera ingresos imponibles; el autoconsumo en sí nunca tributa.
Kits plug-and-play y de balcón (sin vertido)
Los pequeños kits de balcón o de ventana (de 300 a 800 W), conectados a un enchufe doméstico, funcionan en autoconsumo total sin vertido a la red. La producción es absorbida de inmediato por los aparatos conectados (frigorífico, TV, cargadores).
- No hace falta ninguna declaración fiscal (no se generan ingresos).
- Ningún contrato con EDF OA (sin vertido a la red).
- Ningún derecho a la prima al autoconsumo (prime à l’autoconsommation): está reservada a las instalaciones con vertido a la red.
Impuesto sobre bienes inmuebles: efectos y posibles exenciones
La taxe foncière se calcula a partir del valor locativo catastral del inmueble. La instalación de paneles solares puede, en teoría, aumentar ese valor locativo si los paneles están integrados en el edificio (BIPV). En la práctica, el impacto es insignificante en las instalaciones sobrepuestas habituales.
Posible exención temporal: art. 1383-0 B CGI
Las entidades locales (municipios y EPCI, los organismos intermunicipales) pueden votar una exención temporal de 2 años de la parte municipal del impuesto sobre bienes inmuebles para las instalaciones de energías renovables (art. 1383-0 B CGI).
- Esta exención afecta solo a la parte municipal: las partes departamental y regional siguen siendo exigibles.
- Es facultativa: no todos los municipios la aplican.
- Para beneficiarse, presente una solicitud en su centro de finanzas públicas (centre des finances publiques) con su certificado de puesta en servicio de Enedis (la distribuidora), antes del 1 de enero del año siguiente a la instalación.
Paneles integrados frente a paneles sobrepuestos
- Paneles sobrepuestos (colocados sobre el tejado existente): en general no afectan de forma significativa al valor locativo catastral. El impacto sobre el impuesto sobre bienes inmuebles es prácticamente nulo.
- Paneles integrados en el edificio (BIPV) (que sustituyen a las tejas o a la pizarra): pueden tenerse en cuenta en una revalorización catastral. El impacto sigue siendo marginal, del orden de unos pocos euros al año.
Cómo declarar sus ingresos solares: los 5 pasos
Declarar los ingresos solares es un trámite sencillo que solo lleva unos minutos durante su declaración anual. Estos son los 5 pasos que debe seguir, desde la recepción del extracto de EDF OA hasta la comprobación de su aviso de liquidación.
Cronología: declarar los ingresos solares en 5 pasos
Paso 0: Declarar su instalación a Enedis (si > 3 kWp)
Para toda instalación de más de 3 kWp, debe declarar su proyecto a Enedis mediante el formulario Cerfa n.º 15523*02 al menos 1 mes antes de la puesta en servicio. Este trámite es obligatorio para obtener el contrato de obligación de compra (COA, contrat d’obligation d’achat) con EDF OA, sin el cual no puede vender su excedente.
Paso 1: Obtener el extracto de EDF OA
Cada año, en enero, EDF OA (el sistema de tarifa de compra de EDF) le envía un extracto resumen que indica el importe total abonado por la venta de excedentes del ejercicio fiscal anterior. Es su único justificante para la declaración. Consérvelo.
Paso 2: Comprobar su régimen
Compruebe si cumple los requisitos para la exención del artículo 35 ter del CGI (Código General de Impuestos francés): instalación ≤ 3 kWp en la vivienda habitual. Si es así, no tiene nada más que hacer. Si no, pase al paso 3.
Paso 3: Indicar el importe bruto en la casilla 5KO
En impots.gouv.fr o en el formulario en papel 2042-C-PRO, vaya a la sección «BIC no profesionales: régimen micro» e introduzca el importe bruto en la casilla 5KO.
- Qué indicar: el importe bruto recibido de EDF OA durante el año (antes de cualquier reducción).
- Qué no hacer: no aplique usted mismo la reducción del 71 %; la administración tributaria la calcula automáticamente.
Paso 4: La reducción es automática
La administración tributaria aplica automáticamente la reducción a tanto alzado del 71 % al importe declarado en la casilla 5KO. La base imponible es, por tanto, el 29 % de sus ingresos brutos. No tiene que hacer ningún cálculo.
Paso 5: Comprobar el aviso de liquidación
Al recibir su aviso de liquidación (verano del año N+1), compruebe que la línea de BIC no profesionales aparece con un importe coherente (∼ 29 % de sus ingresos de EDF OA). En caso de anomalía, póngase en contacto con su centro de finanzas públicas a través de la mensajería segura de impots.gouv.fr.
Casos particulares
1. Edificios agrícolas
Las instalaciones fotovoltaicas en edificios de uso agrícola pueden beneficiarse de un tipo reducido de IVA del 10 % bajo ciertas condiciones. Consulte a la DGFiP (la administración tributaria francesa) o a un asesor contable para comprobar si cumple los requisitos.
2. Comunidades de propietarios
En una instalación colectiva en una comunidad de propietarios, los ingresos se reparten entre los copropietarios en proporción a su cuota. Cada copropietario declara su parte en la casilla 5KO del formulario 2042-C-PRO.
3. Instalaciones en los departamentos de ultramar (DOM)
El IVA aplicable es del 8,5 % en Guadalupe, Martinica, La Reunión, Guayana Francesa y Mayotte (en lugar del 5,5 % al 20 % en la Francia metropolitana). Las tarifas de compra de EDF OA suelen ser más elevadas que en la Francia metropolitana, y algunas entidades locales ofrecen ayudas adicionales.
Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad solar
Calcule su ahorro y su periodo de retorno
Nuestro simulador integra las tarifas vigentes de la CRE, los datos meteorológicos de su municipio y las características de su instalación para ofrecer una proyección financiera precisa a 25 años.
Iniciar mi simulación gratuita